Inspeccionaremos en este curso académico más de 1.000 autobuses de transporte escolar

El consejero de Transportes e Infraestructuras, David Pérez, ha comprobado esta mañana el desarrollo de una de las inspecciones extraordinarias que se llevan a cabo regularmente al inicio de cada curso. En su visita al CEIP El Sol de la capital, Pérez ha conocido detalladamente los controles de cinco autobuses, correspondientes a siete rutas interurbanas, en los que se debe cumplir escrupulosamente una serie de requisitos tanto para los autobuses como para los conductores.

Pérez ha explicado que “el Plan de Inspección tiene como objetivo velar para que los servicios de transporte que se realizan en nuestra región se presten con unos elevados estándares de calidad y seguridad, y donde más se incide cada año es en el control de los estudiantes”.

Esta actuación se desarrolla a lo largo de todo el año y tiene una campaña ordinaria y dos extraordinarias, y una de ellas se lleva a cabo en el mes de septiembre coincidiendo con el inicio del curso. Así, hasta final de año la Comunidad habrá comprobado el estado de alrededor de 500 vehículos, 100 de ellos en septiembre.

El titular de Transportes ha recordado que “el año pasado, especialmente difícil por el COVID-19, se examinaron 697 vehículos, de los que se sancionó tan sólo a tres, por carecer de la autorización específica, por lo que podemos afirmar que el transporte de alumnos que se realiza en la región es muy seguro”.

Requisitos exigidos

La Comunidad de Madrid tiene en la actualidad 2.216 vehículos habilitados para el transporte escolar, que realizan 850 rutas en 220 centros educativos. Entre los requisitos exigidos está disponer de la autorización de transportes de la clase VD o VPC y de una autorización específica otorgada por la Comunidad de Madrid, donde se refleje de manera detallada el origen y destino de la ruta, así como las distintas paradas que realiza.

No se concede en ningún caso la autorización de uso especial si el autobús no ha obtenido de forma previa la habilitación para realizar este tipo de servicio. Tanto la renovación de la autorización como la de habilitación deben realizarse cada año lectivo. La edad media no debe superar los diez años o los dieciséis cuando estos vienen dedicándose exclusivamente a este tipo de transporte.

La normativa establece, además, que los autobuses deben ir identificados con el distintivo de transporte escolar situado en la parte frontal y en la parte posterior del mismo, de forma que resulten visibles desde el exterior, así como que cada usuario disponga de su propio asiento.

Por último, el vehículo deberá llevar acompañante, en el caso de los transportes discrecionales, cuando tres cuartas partes o más de los viajeros sean menores de dieciséis años; cuando, al menos, el 50 por ciento de los viajeros sean menores de 12 años; y, en todo caso, cuando se trate de centros de Educación Especial. La duración máxima del viaje será de una hora por cada sentido.

Redacción

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